La actual situación de sequía que está viviendo nuestro país ha llevado al Gobierno a la toma de determinadas medidas para minimizar las
consecuencias a los agricultores y ganaderos. Estas medidas se regulan en el R. D. Ley 4/2023, de 11 de mayo, que contempla ayudas en varios ámbitos,
entre ellos el ámbito fiscal y Resolución de 9 de Junio de 2023 de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local.
El R.D. Ley contempla un beneficio fiscal respecto del IBI de los bienes inmuebles rústicos para el ejercicio 2023 y regula los requisitos para el
otorgamiento de la exención que deberá solicitarse por los posibles beneficiarios, por ser una exención rogada, acreditando documentalmente que
cumplen estos requisitos.
Esta ayuda es para los titulares de las explotaciones que hayan sufrido en el ejercicio 2023, una reducción del rendimiento neto de las mismas de, al
menos, un 20% con respecto a la media de los años 2020, 2021 y 2022, o de un 30% si las explotaciones no se encuentran en zonas con limitaciones
naturales o específicas del art. 31 del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
Gestalba se encarga, en régimen de delegación, de la gestión de los expedientes de este tipo de exención. Para ello, los beneficiarios deberán
presentar la solicitud con toda la documentación necesaria que acredite el cumplimiento de los requisitos legales que establece la ley para conceder la
exención.
(VER INFORMACIÓN COMPLETA EN DOCUMENTACION ANEXA)
Anexo_22760189_MODELO SOLICITUD EXENCION RUSTICA POR SEQUÍA 2023_formulario.pdf
INFORMACION_SOBRE_EXENCION_DE_IBI_DE_NATURALEZA_RUSTICA_2023_-_SEFYCU.pdf